Selección finalizada

La Fundación Canaria Orquesta Filarmónica de Gran Canaria

selecciona un/a

GERENTE 

La persona seleccionada desempeñará, de forma enunciativa y no limitativa, las siguientes funciones:

1. Representar administrativamente a la Fundación cuando dicha representación no sea asumida por la Presidencia del Patronato o por el de la Comisión ejecutiva.

2. Ejecutar y hacer cumplir los acuerdos de la Comisión Ejecutiva y los que directamente pudiera encomendarle el Patronato.

3. La dirección inmediata, inspección y seguimiento de los contratos, bienes y servicios, y marcha de la Fundación, incluida la contabilidad, todo ello sin perjuicio de la superior y mediata atribuida a la Comisión Ejecutiva.

4. Formalizar los contratos de bienes y servicios y de personal en las condiciones previamente establecidas por la Comisión Ejecutiva.

5. Redactar los anteproyectos de cuantos documentos la Comisión Ejecutiva haya de someter a la aprobación del Patronato.

6. Llevar la iniciativa de las tareas de financiación y contratación de la Fundación, para su ulterior aprobación por la Comisión Ejecutiva.

7. Elevar a la Comisión Ejecutiva y al Patronato los proyectos que estime convenientes para el mejor funcionamiento de la Fundación.

8. Despachar los asuntos de trámite.

9. Firmar la correspondencia y documentos de trámite, pudiendo, asimismo, retirar de las Administraciones de Correos, Telégrafos, teléfonos, Depósitos Comerciales, Aduanas, Puertos francos, o de cualquier otra clase de entidades y organismos de todo tipo, cartas, avisos, envíos certificados, paquetes y giros, postales o telegráficos.

10. Firmar, mancomunadamente con el presidente de la Comisión Ejecutiva, los
documentos para el pago, disposición de fondos o aquellos que impliquen un endeudamiento de la Fundación.

11. Velar por el cumplimiento de los acuerdos de la Comisión Ejecutiva y expedir las certificaciones correspondientes, con el visto bueno de su Presidente.

12. Y, finalmente, cualesquiera otras que pudiera delegarle el patronato, la Comisión Ejecutiva, o los presidentes de los órganos antedichos.

13. Serán asimismo sus funciones cualesquiera otra no definida y considerada necesaria para la realización de las actividades programadas, y para favorecer el desarrollo del proyecto artístico puesto en marcha por la Dirección y Coordinación Artística y aprobado por la Comisión.

Este proceso de selección ha finalizado. Para ver las nuevas posiciones vacantes debe consultar www.nexoconsult.com